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Laín Ruiz & ZarzaAbogados

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Ley de Segunda Oportunidad en Petrer y Alicante

Tramitamos la cancelación legal de tus deudas para que puedas empezar de nuevo. Atención en Petrer, Elda y toda la provincia de Alicante.

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos que no pueden pagar sus deudas quedar liberados de ellas de forma legal. En términos técnicos se llama exoneración del pasivo insatisfecho y está regulada en la Ley Concursal. En Laín Ruiz & Zarza Abogados llevamos personalmente cada expediente desde nuestro despacho de Petrer, para clientes de toda la provincia de Alicante y la Comunidad Valenciana.

¿Quién puede acogerse?

Cualquier persona física, sea particular o autónomo, que se encuentre en situación de insolvencia: es decir, que no pueda hacer frente de forma regular a sus pagos. La ley exige además actuar de buena fe, lo que significa, entre otras cosas, no haber ocultado bienes ni agravado la situación de forma temeraria, y no tener determinadas condenas en los años anteriores.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

  • Préstamos personales y créditos al consumo
  • Tarjetas de crédito y microcréditos
  • Deudas con proveedores y avales personales
  • Una parte de la deuda con Hacienda y la Seguridad Social, dentro de los límites que fija la ley

Algunas deudas, como las pensiones de alimentos, no se pueden exonerar. En la primera consulta revisamos tu caso y te decimos exactamente qué deudas quedarían canceladas.

Las dos vías del procedimiento

La exoneración con liquidación está pensada para quien no tiene patrimonio relevante y suele resolverse en meses. La exoneración con plan de pagos permite conservar los bienes, incluida en muchos casos la vivienda habitual, a cambio de destinar una parte de los ingresos a pagar durante un tiempo. Elegimos contigo la que mejor se adapta a tu situación.

¿Se paralizan los embargos?

Una vez presentada la solicitud ante el juzgado se pueden paralizar los embargos y las ejecuciones en curso. Es uno de los primeros alivios que notan nuestros clientes.

Cómo trabajamos

  • Primera consulta en el despacho, por teléfono o por videollamada
  • Estudio de tus deudas, ingresos y bienes
  • Presupuesto cerrado y por escrito
  • Preparación y presentación de la solicitud en el Juzgado de lo Mercantil
  • Acompañamiento hasta la resolución de exoneración

Cada caso es distinto. Cuéntanos tu situación y te explicamos con claridad qué puedes conseguir.

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Abogada del despacho atendiendo a un cliente con una sonrisa

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