La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos que no pueden pagar sus deudas quedar liberados de ellas de forma legal. En términos técnicos se llama exoneración del pasivo insatisfecho y está regulada en la Ley Concursal. En Laín Ruiz & Zarza Abogados llevamos personalmente cada expediente desde nuestro despacho de Petrer, para clientes de toda la provincia de Alicante y la Comunidad Valenciana.
¿Quién puede acogerse?
Cualquier persona física, sea particular o autónomo, que se encuentre en situación de insolvencia: es decir, que no pueda hacer frente de forma regular a sus pagos. La ley exige además actuar de buena fe, lo que significa, entre otras cosas, no haber ocultado bienes ni agravado la situación de forma temeraria, y no tener determinadas condenas en los años anteriores.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
- Préstamos personales y créditos al consumo
- Tarjetas de crédito y microcréditos
- Deudas con proveedores y avales personales
- Una parte de la deuda con Hacienda y la Seguridad Social, dentro de los límites que fija la ley
Algunas deudas, como las pensiones de alimentos, no se pueden exonerar. En la primera consulta revisamos tu caso y te decimos exactamente qué deudas quedarían canceladas.
Las dos vías del procedimiento
La exoneración con liquidación está pensada para quien no tiene patrimonio relevante y suele resolverse en meses. La exoneración con plan de pagos permite conservar los bienes, incluida en muchos casos la vivienda habitual, a cambio de destinar una parte de los ingresos a pagar durante un tiempo. Elegimos contigo la que mejor se adapta a tu situación.
¿Se paralizan los embargos?
Una vez presentada la solicitud ante el juzgado se pueden paralizar los embargos y las ejecuciones en curso. Es uno de los primeros alivios que notan nuestros clientes.
Cómo trabajamos
- Primera consulta en el despacho, por teléfono o por videollamada
- Estudio de tus deudas, ingresos y bienes
- Presupuesto cerrado y por escrito
- Preparación y presentación de la solicitud en el Juzgado de lo Mercantil
- Acompañamiento hasta la resolución de exoneración
Cada caso es distinto. Cuéntanos tu situación y te explicamos con claridad qué puedes conseguir.
